Deducciones por eficiencia energética prorrogadas
El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, amplía los plazos de las deducciones del IRPF por obras de eficiencia energética en vivienda y por vehículos eléctricos, y crea una nueva deducción por instalar autoconsumo renovable durante 2026.
Qué cambia
El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, no crea un régimen nuevo para las obras en vivienda: lo que hace es alargar el calendario de deducciones que estaban a punto de agotarse y añadir un incentivo para el autoconsumo eléctrico. Si tenías una reforma o una instalación pendiente, el cambio relevante es la fecha límite.
| Deducción | Nuevo plazo |
|---|---|
| Obras para reducir la demanda de calefacción y refrigeración | 31 de diciembre de 2026 |
| Obras para mejorar el consumo de energía primaria no renovable | 31 de diciembre de 2026 |
| Rehabilitación energética de edificios de uso predominantemente residencial | 31 de diciembre de 2027 |
| Compra de vehículo eléctrico enchufable o de pila de combustible e instalación de puntos de recarga | 31 de diciembre de 2026 |
A quién afecta
Propietarios con obras pendientes
Quien tenga previsto reformar la envolvente, la calefacción o la refrigeración de su vivienda dispone de plazo hasta el 31 de diciembre de 2026 para que las obras den derecho a deducción.
Comunidades de propietarios
La rehabilitación energética de edificios enteros de uso predominantemente residencial cuenta con el plazo más largo, hasta el 31 de diciembre de 2027, lo que da margen a obras que requieren acuerdo de junta y ejecución por fases.
Compradores de vehículo eléctrico
La deducción por adquirir un vehículo eléctrico enchufable o de pila de combustible, y por instalar puntos de recarga, se mantiene disponible hasta el 31 de diciembre de 2026.
Porcentajes y bases máximas
Fuentes oficiales
- Agencia Tributaria — Medidas en materia de tributación (Real Decreto-ley 7/2026). Ver nota
- Agencia Tributaria — Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas. Ver deducciones