Algunas comunidades regulan tipos reducidos por edad. La edad límite, vivienda exigida, renta, patrimonio, precio y documentación no son uniformes.
ITP por comunidad autónoma
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales grava la compra de vivienda de segunda mano. Es un impuesto cedido: cada comunidad autónoma establece el tipo general y los tipos reducidos aplicables.
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Tipo general por comunidad autónoma
| Comunidad autónoma | Tipo general | Comprobación de tipos reducidos |
|---|---|---|
| Andalucía | 7% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Aragón | 8%–10% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Asturias | 8% / 9% / 10% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Islas Baleares | 8%–13% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Canarias | 6,5% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Cantabria | 9% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Castilla-La Mancha | 9% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Castilla y León | 8%–10% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Cataluña | 10%–13% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Ceuta | 6% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Comunidad Valenciana | 10% / 11% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Extremadura | 8%–11% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Galicia | 8% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| La Rioja | 7% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Madrid | 6% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Melilla | 6% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Murcia | 7,75% | No se aplican automáticamente: comprueba todos los requisitos en la norma autonómica |
| Navarra | Régimen foral | Consulta la hacienda foral competente |
| País Vasco | Régimen foral | Consulta la hacienda foral competente |
Tarifas generales vigentes al cierre de 2025. Cataluña aplica la incluida desde el 27/06/2025 y Murcia desde el 25/07/2025. Navarra y País Vasco no se resumen porque aplican normativa foral propia.
Tipos reducidos: requisitos generales
Varias comunidades ofrecen tipos reducidos o bonificaciones para familias numerosas en la adquisición de la vivienda habitual. Requisito: título oficial de familia numerosa vigente.
El grado exigido, quién debe tenerlo y las condiciones sobre la vivienda dependen de cada comunidad. No basta con marcar una casilla genérica.
La calificación de la vivienda y la modalidad protegida determinan el beneficio. No debe confundirse con el IVA estatal del 4% reservado a VPO de régimen especial o promoción pública.
Base imponible: valor de referencia del Catastro
Desde el 1 de enero de 2022, la base imponible del ITP no puede ser inferior al valor de referencia del Catastro, publicado anualmente por la Dirección General del Catastro. Esto significa que el ITP se liquida sobre el mayor entre:
El valor de referencia se puede consultar en la Sede Electrónica del Catastro y es impugnable si el contribuyente considera que supera el valor real de mercado del inmueble. Consulta nuestra guía específica sobre el valor de referencia para más información.
ITP vs IVA: ¿cuándo se aplica cada uno?
ITP (Transmisiones Patrimoniales)
Se aplica en la compra de vivienda de segunda mano entre particulares o de empresas no sujetas a IVA.
- • Compraventa entre particulares
- • Vivienda usada de promotoras
- • Transmisiones de inmuebles ya habitados
IVA + AJD
Se aplica en la compra de vivienda nueva directamente del promotor o constructor (10% IVA + 1,5% AJD típicamente).
- • Obra nueva de promotor
- • Primera transmisión del inmueble
- • Entregas de construcción nueva