ITP por comunidad autónoma

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales grava la compra de vivienda de segunda mano. Es un impuesto cedido: cada comunidad autónoma establece el tipo general y los tipos reducidos aplicables.

Tipo general por comunidad autónoma

Comunidad autónomaTipo generalTipos reducidos disponibles
Andalucía7%3,5% jóvenes <35 años, familias numerosas
Aragón8%5% jóvenes <36 años primera vivienda
Asturias8%5% jóvenes <36 años, 4% discapacidad ≥65%
Baleares8%5% jóvenes <36 años, 4% grandes discapacidades
Canarias6,5%5% jóvenes <35 años primera vivienda
Cantabria10%5% jóvenes <36 años, familias numerosas
Castilla-La Mancha9%6% jóvenes <36 años primera vivienda habitual
Castilla y León8%4% jóvenes <36 años, familias numerosas
Cataluña10%5% jóvenes <32 años primera vivienda
Ceuta6%3% primera vivienda habitual
C. Valenciana10%8% tipo general reducido, 4% jóvenes <35 años
Extremadura8%4% jóvenes <36 años primera vivienda
Galicia9%5% jóvenes <36 años primera vivienda
La Rioja7%5% jóvenes <36 años primera vivienda habitual
Madrid6%4% primera vivienda habitual hasta 253.680€
Melilla6%3% primera vivienda habitual
Murcia8%3% jóvenes <35 años, familias numerosas
Navarra6%5% primera vivienda, régimen foral propio
País Vasco4%2,5% primera vivienda habitual, régimen foral

Datos orientativos 2025. Los tipos reducidos están sujetos a requisitos específicos y límites de precio. Consulta siempre la normativa autonómica vigente para tu caso concreto.

Tipos reducidos: requisitos generales

Jóvenes menores de 35-36 años
3% a 6%

La mayoría de comunidades ofrecen tipos reducidos del 3% al 6% para menores de 35 o 36 años en la compra de su primera vivienda habitual, con límites de precio por comunidad.

Familias numerosas
3,5% a 5%

Varias comunidades ofrecen tipos reducidos o bonificaciones para familias numerosas en la adquisición de la vivienda habitual. Requisito: título oficial de familia numerosa vigente.

Personas con discapacidad
4% a 5%

Tipos reducidos para personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33% o al 65% según la comunidad, en vivienda habitual adaptada o susceptible de adaptación.

VPO (Vivienda de Protección Oficial)
Generalmente 4%

Las viviendas de protección oficial suelen tributar a un tipo muy reducido, generalmente del 4% o incluso inferior en algunas comunidades autónomas.

Base imponible: valor de referencia del Catastro

Desde el 1 de enero de 2022, la base imponible del ITP no puede ser inferior al valor de referencia del Catastro, publicado anualmente por la Dirección General del Catastro. Esto significa que el ITP se liquida sobre el mayor entre:

Opción A
Precio escriturado en compraventa
Opción B
Valor de referencia catastral

El valor de referencia se puede consultar en la Sede Electrónica del Catastro y es impugnable si el contribuyente considera que supera el valor real de mercado del inmueble. Consulta nuestra guía específica sobre el valor de referencia para más información.

ITP vs IVA: ¿cuándo se aplica cada uno?

home_workITP (Transmisiones Patrimoniales)

Se aplica en la compra de vivienda de segunda mano entre particulares o de empresas no sujetas a IVA.

  • • Compraventa entre particulares
  • • Vivienda usada de promotoras
  • • Transmisiones de inmuebles ya habitados

apartmentIVA + AJD

Se aplica en la compra de vivienda nueva directamente del promotor o constructor (10% IVA + 1,5% AJD típicamente).

  • • Obra nueva de promotor
  • • Primera transmisión del inmueble
  • • Entregas de construcción nueva