ITP reducido

Jóvenes, familias numerosas y personas con discapacidad pueden beneficiarse de tipos reducidos del ITP en la compra de vivienda habitual. Cada comunidad autónoma establece sus propios requisitos y límites.

TIPOS REDUCIDOS PARA JÓVENES (MENORES DE 35-36 AÑOS)

La mayoría de comunidades autónomas ofrecen tipos reducidos del ITP para jóvenes compradores de su primera vivienda habitual. El tipo reducido suele oscilar entre el 3% y el 6%, frente al tipo general que va del 6% al 10% según la comunidad.

ComunidadEdad máximaTipo reducidoPrecio máximoLímite ingresos
Andalucía<353,5%Hasta 150.000€30.000€ anual
Aragón<365%Hasta 200.000€Sin límite general
Asturias<365%Hasta 200.000€30.000€ general
Baleares<365%Hasta 270.000€36.000€ individual
Canarias<355%Hasta 200.000€Sin límite general
Cantabria<365%Hasta 200.000€36.000€ anual
Castilla-La Mancha<366%Hasta 180.000€Sin límite general
Castilla y León<364%Hasta 250.000€Sin límite general
Cataluña<325%Hasta 600.000€30.000€ general
Extremadura<364%Hasta 122.000€19.000€ anual
Galicia<365%Hasta 200.000€Sin límite general
La Rioja<365%Hasta 180.000€Sin límite
MadridGeneral4%Hasta 253.680€Vivienda habitual
Murcia<353%Hasta 150.000€Sin límite general
C. Valenciana<354%Hasta 180.000€36.000€ general

Datos orientativos 2026. Los requisitos exactos pueden variar. Consulta la normativa de tu comunidad autónoma para confirmar edad máxima, límites de precio e ingresos.

FAMILIAS NUMEROSAS

Las familias con el título oficial de familia numerosa vigente pueden acceder a tipos reducidos del ITP en varias comunidades autónomas. El tipo reducido suele ser del 3,5% al 5%, aplicable a la adquisición de vivienda habitual.

Andalucía
3,5%

Familia numerosa categoría general o especial. Vivienda habitual hasta 180.000€.

Cantabria
5%

Familia numerosa general o especial. Vivienda habitual hasta 200.000€.

Castilla y León
4%

Familia numerosa. Primera vivienda habitual hasta 250.000€.

Murcia
3%

Familia numerosa general o especial. Vivienda habitual hasta 150.000€.

Galicia
5%

Familia numerosa. Primera vivienda habitual con requisitos específicos.

Otras comunidades
Variable

Consulta los requisitos específicos de tu comunidad autónoma.

Requisitos para familias numerosas

  • • Título de familia numerosa vigente en el momento de la compra
  • • Vivienda habitual de la familia (no segunda residencia)
  • • Permanencia mínima de 3 o 5 años según CCAA
  • • Límites de precio establecidos por cada comunidad autónoma

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Las personas con discapacidad reconocida pueden acceder a tipos reducidos del ITP en la adquisición de vivienda habitual. El grado de discapacidad exigido suele ser igual o superior al 33% o al 65% según la comunidad y el tipo aplicable.

Discapacidad ≥ 33%
4% a 5%

Varias comunidades ofrecen tipos reducidos para grado de discapacidad igual o superior al 33%, aplicable a la adquisición de vivienda habitual adaptada o adaptable.

Ejemplos: Asturias 5%, Castilla y León 4%, Baleares 5%

Discapacidad ≥ 65%
4%

Para grandes discapacidades (≥65%), algunas comunidades establecen tipos aún más reducidos, generalmente del 4%, en la compra de vivienda habitual.

Ejemplos: Asturias 4%, Baleares 4%

VPO (VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL)

Las viviendas de protección oficial (VPO) tributan en la mayoría de comunidades a un tipo muy reducido del ITP, generalmente del 4% o incluso inferior. Este tipo reducido se aplica automáticamente por la calificación de VPO, sin requisitos adicionales de edad o ingresos.

Tipo general VPO
4%
Tipo en algunas CCAA
3%
Tipo en otras CCAA
2%
Bonificación adicional
Posible

Requisitos para VPO

La aplicación del tipo reducido de VPO requiere únicamente que la vivienda esté calificada oficialmente como vivienda de protección oficial por el organismo autonómico competente.

  • • Calificación oficial de VPO vigente en el momento de la compra
  • • Cédula de calificación definitiva emitida por la comunidad autónoma
  • • Precio máximo de venta fijado por la calificación de VPO
Fuentes oficiales: AEAT - Guía del ITP y AJD

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