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Régimen Especial

¿Qué es la Ley Beckham?

Régimen fiscal especial que permite a trabajadores desplazados a España tributar como no residentes durante el año del desplazamiento y los cinco siguientes, aplicando un tipo fijo sobre rendimientos del trabajo obtenidos en España.

Duración

6 años

Año del desplazamiento + 5 años siguientes

Tipo estándar

24%

Fijo hasta 600.000

Tramo superior

47%

Desde 600.000

Deducciones NO disponibles con Beckham

  • ×Mínimo personal y familiar
  • ×Deducciones autonómicas
  • ×Deducciones por vivienda
  • ×Deducciones por donativos (aplicación limitada)

Elegibilidad

Requisitos

1

No residencia previa

No haber sido residente fiscal en España durante los 5 años anteriores al desplazamiento

2

Contrato de trabajo

El desplazamiento debe producirse como consecuencia de un contrato de trabajo con empresa española, o por orden del empleador extranjero

3

Trabajo efectivo en España

Los trabajos deben realizarse efectivamente en España

4

Sin establecimiento permanente

Los rendimientos no deben obtenerse a través de un establecimiento permanente en España

5

Límite de trabajo para entidad vinculada

Si trabaja para entidad vinculada, los rendimientos previstos no deben superar el 15% del total de rendimientos del trabajo

Ampliaciones desde 2023

Desde 2023 se amplió a nuevos colectivos:

Emprendedores

Personas que inician actividad económica innovadora de especial interés para España

Profesionales altamente cualificados

Que presten servicios a empresas emergentes o realicen actividades de formación, I+D o dirección

Nómadas digitales

Trabajadores por cuenta ajena que trabajen a distancia exclusivamente mediante el uso de medios informáticos

Administradores de entidades

Administradores de entidades con participación no superior al 25%

Trámites

Cómo solicitarlo

Plazo

6 meses desde la fecha de alta en la Seguridad Social o inicio de actividad

Formulario

Modelo 149

Declaración anual

Modelo 151 (declaración anual específica)

Preguntas frecuentes — Ley Beckham

¿Cuánto ahorro con la Ley Beckham?expand_more

El ahorro depende de tu salario bruto. Para sueldos superiores a ~30.000€, el tipo fijo del 24% suele ser inferior al IRPF progresivo, que puede llegar al 47%. Por ejemplo, con un salario de 100.000€ puedes ahorrar más de 8.000€ al año. Usa nuestra calculadora para ver tu ahorro exacto.

¿Qué impuestos pago con la Ley Beckham?expand_more

Con la Ley Beckham tributas con un tipo fijo del 24% sobre rendimientos del trabajo hasta 600.000€, y un 47% sobre el exceso. También pagas IVA en tus compras como cualquier residente. Sin embargo, NO tributas por rentas obtenidas fuera de España (excepto rendimientos del trabajo).

¿Puedo aplicar deducciones con la Ley Beckham?expand_more

No. Al tributar como no residente bajo la Ley Beckham, pierdes el derecho a la mayoría de deducciones personales y familiares del IRPF regular: mínimo personal y familiar, deducciones autonómicas, por vivienda y por donativos. Solo puedes deducir retenciones soportadas y la deducción por doble imposición internacional (limitada).

¿Cuánto dura el régimen de impatriados?expand_more

El régimen especial se aplica durante el año fiscal del desplazamiento a España y los 5 años siguientes, un total de 6 años. Debes solicitarlo dentro de los 6 meses siguientes al alta en la Seguridad Social mediante el Modelo 149.

¿Quién puede acogerse a la Ley Beckham desde 2023?expand_more

Desde la reforma de 2023 (Ley de Startups), pueden acogerse: trabajadores desplazados por contrato, emprendedores con actividad innovadora, profesionales altamente cualificados en empresas emergentes, nómadas digitales que teletrabajan para empresas extranjeras, y administradores de entidades con participación inferior al 25%.

Fuentes