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Andalucía

Guía fiscal completa: tramos IRPF, deducciones, impuestos locales, sucesiones, patrimonio y presupuesto autonómico de Andalucía en 2025.

Tramos IRPF Andalucía 2025

Tipos combinados (estatal + autonómico). Consulta la visualización detallada por tramo para ver cuánto pagas en cada tramo según tu salario.

TramoBase imponibleTipo (%)
10€ — 13.000€19%
213.000€ — 21.100€24%
321.100€ — 35.200€30%
435.200€ — 60.000€37%
5Más de 60.000€47%

Deducciones en Andalucía

Deducciones estatales (comunes a toda España)

Mínimo personal
5550

Mínimo personal: 5.550€. Se incrementa en 1.150€ si tiene más de 65 años y en 1.400€ adicionales si tiene más de 75 años.

Por descendientes
1º hijo2400
2º hijo2700
3º hijo4000
4º hijo4500
Menor de 3 años+2800
Tributación conjunta
Matrimonio3400
Monoparental2150
Por discapacidad
33%–65%3000
>65%9000

Deducciones autonómicas de Andalucía

Por hijos: 200€, 2º 200€, 3º 600€, 4º+ 600
Hijo menor de 3 años: 200
Familia monoparental: 100
Adopción: 600
Discapacidad ≥33%: 150

Impuestos locales en Andalucía

Estimaciones de impuestos municipales basadas en valores medios por municipio en Andalucía. Los importes reales varían según cada ayuntamiento.

IBI

Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Mín.
250
Media
420
Máx.
800

IVTM

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Mín.
60
Media
95
Máx.
150

Basuras

Tasa de Recogida de Residuos
Mín.
80
Media
120
Máx.
180

Valores basados en Sevilla, Málaga y Granada

Presupuesto autonómico de Andalucía

Presupuesto Total
47.800.000.000 €

Fuente: Junta de Andalucía - Presupuestos 2024

Sanidad
16.491.000.000 €34.5%

Sistema público de salud regional

Educación
10.898.400.000 €22.8%

Educación primaria, secundaria y formación profesional

Servicios Sociales
5.927.200.000 €12.4%

Dependencia, familia, exclusión social, mayores

Deuda Pública
3.441.600.000 €7.2%

Intereses y amortización de deuda autonómica

Economía y Empleo
3.250.400.000 €6.8%

Fomento económico, turismo, agricultura, empleo

Infraestructuras
2.676.800.000 €5.6%

Transporte, vivienda, obras públicas regionales

Administración General
1.959.800.000 €4.1%

Gobierno y administración pública autonómica

Otros
1.625.200.000 €3.4%

Cultura, medio ambiente, deporte y otros gastos

Seguridad y Justicia
1.529.600.000 €3.2%

Policía autonómica, administración de justicia

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Andalucía

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) grava herencias, legados y donaciones. En España es un tributo cedido: la normativa autonómica puede cambiar reducciones, tarifas y bonificaciones, por lo que la cuota final en Andalucía puede diferir de otras comunidades.

Situación revisada con fuentes oficiales disponibles a febrero de 2026.

Plazo por herencia
6 meses

Desde la fecha de fallecimiento. Puede solicitarse prórroga de 6 meses.

Plazo por donación
30 días hábiles

Desde el acto o contrato de donación, según el modelo 651.

Gestión del impuesto
Competencia mixta

Estado + comunidades autónomas del régimen común.

Factores que más influyen en la cuota

  • Parentesco: no tributa igual un heredero del grupo I/II que un colateral o no familiar.
  • Base heredada o donada: a mayor valor neto, mayor carga potencial.
  • Patrimonio preexistente: influye en los coeficientes multiplicadores.
  • Normativa autonómica: reducciones y bonificaciones específicas de Andalucía.

Modelos habituales del ISD

Modelo 650 (sucesiones), modelo 651 (donaciones) y modelo 655 (consolidación de dominio).

Nota: Navarra y País Vasco tienen normativa foral propia en impuestos cedidos.

Impuesto sobre el Patrimonio en Andalucía

El Impuesto sobre el Patrimonio grava el patrimonio neto de las personas físicas a 31 de diciembre. Es un impuesto cedido: Andalucía puede establecer mínimos, tarifas y bonificaciones dentro de su capacidad normativa.

Situación revisada con fuentes oficiales disponibles a febrero de 2026.

Mínimo exento general
700.000€

Salvo que la CCAA lo modifique.

Vivienda habitual
Hasta 300.000€

Exención parcial por contribuyente.

Obligación de declarar
2 supuestos

Cuota a ingresar o bienes/derechos por encima de 2.000.000€.

Devengo
31 diciembre

Declaración anual por vía telemática en campaña habilitada por AEAT.

Impuesto de Grandes Fortunas (ITSGF)

Actualmente convive con Patrimonio como impuesto estatal complementario para patrimonios netos superiores a 3.000.000€. Se autoliquida mediante el modelo 718 y tiene en cuenta la cuota de Patrimonio ya satisfecha.

En la práctica, para patrimonios elevados conviene revisar de forma conjunta la normativa autonómica de Patrimonio y el posible impacto del ITSGF.

Modelos habituales

Modelo 714 (Impuesto sobre el Patrimonio) y modelo 718 (Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas).

Nota: Navarra y País Vasco aplican régimen foral propio en tributación patrimonial.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los tramos del IRPF en Andalucía en 2025?expand_more

Los tramos del IRPF en Andalucía para 2025 son: 19% (0€ - 13.000€), 24% (13.000€ - 21.100€), 30% (21.100€ - 35.200€), 37% (35.200€ - 60.000€), 47% (60.000€+). El tipo mínimo es 19% y el máximo 47%.

¿Qué deducciones autonómicas tiene Andalucía?expand_more

Andalucía ofrece deducciones autonómicas adicionales a las estatales, incluyendo deducciones por hijos, familia numerosa, discapacidad y otras situaciones específicas de la comunidad.

¿Cuánto se paga de IBI en Andalucía?expand_more

El IBI medio en Andalucía es de 420€ anuales para una vivienda tipo, con un rango entre 250€ y 800€ dependiendo del municipio.

¿Cuál es el presupuesto autonómico de Andalucía?expand_more

El presupuesto de Andalucía es de 47.8 mil millones de euros. La mayor partida es sanidad (34.5%), seguida de educación (22.8%).

¿Cómo funciona Sucesiones y Donaciones en Andalucía?expand_more

El ISD es un tributo cedido: Andalucía puede aplicar reducciones y bonificaciones propias sobre la normativa estatal. En general, el plazo de herencias (modelo 650) es de 6 meses desde el fallecimiento y el de donaciones (modelo 651) es de 30 días hábiles.

¿Quién paga Impuesto sobre el Patrimonio en Andalucía?expand_more

Hay obligación de declarar si resulta cuota a ingresar o cuando el valor de bienes y derechos supera 2.000.000€, aplicando con carácter general mínimo exento estatal de 700.000€ y exención de vivienda habitual hasta 300.000€. Para patrimonios netos altos, puede coexistir el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.

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