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Convenio de doble imposición España-Reino Unido

El CDI entre España y Reino Unido te permite evitar pagar impuestos dos veces sobre la misma renta. Descubre cómo funciona para rentas inmobiliarias, pensiones, dividendos y ganancias patrimoniales.

Qué es un Convenio de Doble Imposición (CDI)

Un Convenio de Doble Imposición (CDI) es un acuerdo bilateral entre dos países para evitar que la misma renta sea gravada dos veces. El CDI entre España y Reino Unido, firmado en 2013, establece:

  • Qué país tiene derecho a gravar cada tipo de renta (inmuebles, pensiones, salarios, dividendos...).
  • Cómo eliminar la doble imposición cuando ambos países gravan la misma renta (método de exención o crédito fiscal).
  • Límites a las retenciones aplicables a dividendos, intereses y regalías.
  • Intercambio de información entre agencias tributarias (HMRC y AEAT).

Importante:

El CDI no elimina la obligación de declarar tus rentas. Debes cumplir con las obligaciones fiscales de cada país, pero el CDI asegura que no pagarás impuestos dos veces sobre la misma renta.

Concepto de residencia fiscal

El CDI se basa en tu residencia fiscal. Eres residente fiscal donde:

  • Pasas más de 183 días al año (regla general en España y UK).
  • Está tu centro de intereses vitales (familia, actividad económica principal).
  • Tienes tu residencia habitual.

El artículo 4 del CDI contiene las reglas de desempate si eres considerado residente en ambos países.

Rentas inmobiliarias (Artículo 6)

Las rentas derivadas de bienes inmuebles ( alquileres, arrendamientos) pueden gravarse en el país donde se sitúa el inmueble:

Ejemplo:

John vive en Reino Unido (residente fiscal UK) y tiene un apartamento en Valencia que alquila por 12.000€ anuales.

  • España: Puede gravar la renta del alquiler (Modelo 210, tributación del 19% para no residentes en UE).
  • Reino Unido: También debe declarar esta renta en su declaración UK, pero aplicará un tax credit (crédito fiscal) por los impuestos pagados en España, evitando la doble imposición.

Obligaciones fiscales

  • En España: Declarar vía Modelo 210 trimestralmente o anualmente (no residentes).
  • En Reino Unido: Declarar en Self Assessment, reclamar foreign tax credit relief.

El país donde está el inmueble siempre puede gravar la renta. El país de residencia debe eliminar la doble imposición mediante crédito fiscal.

Pensiones (Artículo 17)

El tratamiento fiscal de las pensiones depende de si son públicas o privadas:

Pensiones públicas (Artículo 18)

Las pensiones pagadas por el Estado (pensión estatal, pensiones de funcionarios) solo pueden gravarse en el país que las paga:

  • Pensión estatal británica: Solo tributa en Reino Unido, incluso si el pensionista vive en España.
  • Pensión española de la Seguridad Social: Solo tributa en España, incluso si el pensionista vive en UK.

Ejemplo:

Robert vive en Málaga y recibe una pensión estatal británica de £10,000 al año.

  • Reino Unido: Grava la pensión (puede aplicar personal allowance si corresponde).
  • España: No grava esta renta. Robert debe acreditar ante la AEAT que ya tributó en UK (certificado de residencia fiscal UK).

Pensiones privadas (Artículo 17)

Las pensiones privadas (planes de pensiones, fondos privados) solo pueden gravarse en el país de residencia fiscal del pensionista:

  • Si vives en España y recibes una pensión privada británica, tributa solo en España.
  • Si vives en UK y recibes una pensión privada española, tributa solo en Reino Unido.

Ejemplo:

María vive en Barcelona y recibe una pensión privada de un fondo británico (£15,000 anuales).

  • España: María declara esta renta en su IRPF español y tributa según su escala progresiva.
  • Reino Unido: No retiene impuestos si María acredita su residencia fiscal en España (formulario DT-Individual).

Suma global (lump sum)

Los cobros únicos de planes de pensiones privados también se gravan en el país de residencia fiscal:

  • Si resides en España y cobras tu pensión británica en forma de suma global, tributa en España (puede reducirse al 60% según antigüedad del plan).
  • Reino Unido no retiene si acreditas tu residencia española.

Dividendos e intereses

Dividendos (Artículo 10)

Los dividendos pueden gravarse en ambos países, pero el CDI limita la retención en el país de origen:

  • 15% máximo si posees menos del 10% de la empresa.
  • 10% máximo si posees al menos el 10% de la empresa.

Ejemplo:

Ana vive en Madrid (residente fiscal España) y recibe 5.000€ en dividendos de una empresa británica.

  • Reino Unido: Retiene el 15% (750€) en origen.
  • España: Ana declara los 5.000€ en su IRPF. Tributa al 19-28% (según importe), pero deduce los 750€ retenidos en UK para evitar doble imposición.

Intereses (Artículo 11)

Los intereses de préstamos, bonos o depósitos solo pueden gravarse en el país de residencia del beneficiario efectivo (con excepciones muy limitadas):

  • Si vives en España y recibes intereses de un banco británico, tributan solo en España.
  • UK no debe retener impuestos si acreditas tu residencia española.

Para evitar retenciones indebidas, presenta el formulario DT-Individual (UK) o certificado de residencia fiscal español ante la entidad pagadora.

Ganancias patrimoniales de inmuebles (Artículo 13)

Las ganancias por venta de inmuebles pueden gravarse en el país donde se sitúa el inmueble:

Ejemplo:

David vive en Londres (residente fiscal UK) y vende un piso en Barcelona que compró en 2015. Ganancia: 50.000€.

  • España: Puede gravar la ganancia (Modelo 210, tributación del 19% para no residentes UE = 9.500€).
  • Reino Unido: También declara la ganancia en su declaración UK (Capital Gains Tax), pero deduce los 9.500€ pagados en España mediante foreign tax credit.

Ganancias por venta de otros bienes

  • Acciones, fondos, bonos: Solo gravan en el país de residencia fiscal.
  • Bienes muebles: Solo gravan en el país de residencia fiscal.

Excepción: acciones de empresas inmobiliarias cuyo valor deriva principalmente de inmuebles pueden gravarse en el país donde están los inmuebles.

Método de eliminación de la doble imposición

El CDI España-Reino Unido usa principalmente el método del crédito fiscal:

Método del crédito (Reino Unido)

Reino Unido permite deducir (foreign tax credit relief) los impuestos pagados en España de tu factura fiscal británica:

  • Declaras la renta íntegra en tu declaración UK (Self Assessment).
  • HMRC calcula el impuesto británico sobre esa renta.
  • Deduces el impuesto ya pagado en España (hasta el límite del impuesto UK sobre esa renta).

Ejemplo numérico:

Renta de alquiler en España: 10.000€

  • Impuesto en España (19%): 1.900€
  • Impuesto UK sobre esa renta (20%): 2.000€
  • A pagar en UK: 2.000€ - 1.900€ = 100€

Total pagado: 1.900€ (España) + 100€ (UK) = 2.000€ (igual que el tipo UK, sin doble imposición).

Método del crédito (España)

España también aplica el método del crédito para rentas gravadas en ambos países:

  • Declaras la renta en tu IRPF español.
  • Deduces los impuestos pagados en UK (hasta el límite del impuesto español sobre esa renta).

Documentación necesaria

Para aplicar el crédito fiscal, necesitas acreditar los impuestos pagados en el otro país:

  • Certificado de retenciones: Emitido por la entidad pagadora o agencia tributaria.
  • Copia de la declaración del otro país: Self Assessment (UK) o Modelo 100/210 (España).
  • Certificado de residencia fiscal: Para acreditar tu residencia ante el otro país.

Resumen práctico

Alquileres: Gravan en el país del inmueble. Crédito fiscal en país de residencia.
Pensiones públicas: Solo gravan en el país pagador.
Pensiones privadas: Solo gravan en el país de residencia.
Dividendos: Retención máxima 10-15% en origen. Gravan en país de residencia con crédito fiscal.
Intereses: Solo gravan en país de residencia.
Venta de inmuebles: Gravan en el país del inmueble. Crédito fiscal en país de residencia.
Venta de acciones/fondos: Solo gravan en país de residencia.

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