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Medidas fiscales de Extremadura para 2026

La Ley 2/2026, de Presupuestos de Extremadura, rebaja los dos primeros tramos del IRPF autonómico, amplía los tipos reducidos de ITP y AJD para vivienda habitual y crea un tipo del 4% para comprar casa en municipios de menos de 3.000 habitantes. En vigor desde el 5 de agosto de 2026.

5 agosto 2026
Entrada en vigor (IRPF con efectos desde el 1 de enero)
7,75%
Primer tramo del IRPF autonómico (antes 8%)
0,50%
AJD vivienda habitual ≤200.000€ (antes 0,75%)

Qué cambia

Extremadura aprobó sus presupuestos de 2026 en agosto, y con ellos un paquete de cambios en los tributos cedidos: IRPF, Sucesiones y Donaciones, e ITP y AJD. La mayoría de medidas elevan y unifican los límites de renta para acceder a los beneficios fiscales.

IRPF: bajan los dos primeros tramos

La rebaja afecta a los primeros 20.200€ de base liquidable, así que llega a todos los contribuyentes. El resto de la escala autonómica no cambia.

Base liquidableTipo 2025Tipo 2026
Hasta 12.450€8%7,75%
De 12.450€ a 20.200€10%9,75%

Deducciones autonómicas

El límite de renta para la mayoría de deducciones sube a 30.000€ en tributación individual, con un límite mayor en conjunta que varía según la deducción.

DeducciónAntesAhora
Compra de vivienda habitual por jóvenes y víctimas del terrorismo3%6%
Enfermos de ELA y familiares a su cargo2.000€4.000€
Gastos veterinarios (nueva)30%, máx. 100€ (200€ perros de asistencia)

ITP y AJD: compra de vivienda habitual

La tarifa general del ITP en Extremadura sigue siendo progresiva, del 8% al 11%. Lo que cambia son los tipos reducidos para vivienda habitual, con límites más altos y dos supuestos nuevos.

SupuestoTipoCondiciones
ITP · vivienda protegida con precio máximo legal4%Valor ≤200.000€ · renta ≤30.000€ individual / 55.000€ conjunta
ITP · vivienda habitual en municipios de menos de 3.000 habitantes (nuevo)4%Valor ≤200.000€ · renta ≤30.000€ / 55.000€
AJD · escritura de compra de vivienda habitual0,50% (antes 0,75%)Valor ≤200.000€ (antes 122.000€) · renta ≤30.000€ / 55.000€ (antes 19.000€ / 24.000€)
AJD · vivienda protegida (nuevo)0,1%Requiere certificación de la administración autonómica

Sucesiones y Donaciones

  • Sobrinos: pasan a considerarse personas especialmente vinculadas cuando el fallecido no tiene descendientes directos.
  • Donación para primera vivienda: se mantiene la reducción del 100% hasta 200.000€, con límites de renta del donatario de 30.000€ (individual) y 55.000€ (conjunta).
  • Menos notaría: las donaciones de hasta 10.000€ (acumuladas en tres años) ya no exigen escritura pública; basta transferencia, tarjeta o cheque y declararla en plazo.

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