Medidas fiscales de Extremadura para 2026
La Ley 2/2026, de Presupuestos de Extremadura, rebaja los dos primeros tramos del IRPF autonómico, amplía los tipos reducidos de ITP y AJD para vivienda habitual y crea un tipo del 4% para comprar casa en municipios de menos de 3.000 habitantes. En vigor desde el 5 de agosto de 2026.
Qué cambia
Extremadura aprobó sus presupuestos de 2026 en agosto, y con ellos un paquete de cambios en los tributos cedidos: IRPF, Sucesiones y Donaciones, e ITP y AJD. La mayoría de medidas elevan y unifican los límites de renta para acceder a los beneficios fiscales.
IRPF: bajan los dos primeros tramos
La rebaja afecta a los primeros 20.200€ de base liquidable, así que llega a todos los contribuyentes. El resto de la escala autonómica no cambia.
| Base liquidable | Tipo 2025 | Tipo 2026 |
|---|---|---|
| Hasta 12.450€ | 8% | 7,75% |
| De 12.450€ a 20.200€ | 10% | 9,75% |
Deducciones autonómicas
El límite de renta para la mayoría de deducciones sube a 30.000€ en tributación individual, con un límite mayor en conjunta que varía según la deducción.
| Deducción | Antes | Ahora |
|---|---|---|
| Compra de vivienda habitual por jóvenes y víctimas del terrorismo | 3% | 6% |
| Enfermos de ELA y familiares a su cargo | 2.000€ | 4.000€ |
| Gastos veterinarios (nueva) | — | 30%, máx. 100€ (200€ perros de asistencia) |
ITP y AJD: compra de vivienda habitual
La tarifa general del ITP en Extremadura sigue siendo progresiva, del 8% al 11%. Lo que cambia son los tipos reducidos para vivienda habitual, con límites más altos y dos supuestos nuevos.
| Supuesto | Tipo | Condiciones |
|---|---|---|
| ITP · vivienda protegida con precio máximo legal | 4% | Valor ≤200.000€ · renta ≤30.000€ individual / 55.000€ conjunta |
| ITP · vivienda habitual en municipios de menos de 3.000 habitantes (nuevo) | 4% | Valor ≤200.000€ · renta ≤30.000€ / 55.000€ |
| AJD · escritura de compra de vivienda habitual | 0,50% (antes 0,75%) | Valor ≤200.000€ (antes 122.000€) · renta ≤30.000€ / 55.000€ (antes 19.000€ / 24.000€) |
| AJD · vivienda protegida (nuevo) | 0,1% | Requiere certificación de la administración autonómica |
Sucesiones y Donaciones
- Sobrinos: pasan a considerarse personas especialmente vinculadas cuando el fallecido no tiene descendientes directos.
- Donación para primera vivienda: se mantiene la reducción del 100% hasta 200.000€, con límites de renta del donatario de 30.000€ (individual) y 55.000€ (conjunta).
- Menos notaría: las donaciones de hasta 10.000€ (acumuladas en tres años) ya no exigen escritura pública; basta transferencia, tarjeta o cheque y declararla en plazo.
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