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Registro Único de Alquiler (NRUA)

Desde el 1 de julio de 2025, todos los arrendadores de vivienda en España deben obtener el Número de Registro Único de Arrendamientos (NRUA) e incluirlo en cualquier anuncio de alquiler. Esta medida, incluida en la Ley de Vivienda de 2023, busca regular el mercado del alquiler y combatir el fraude fiscal.

1 julio 2025
Fecha obligatoria del registro
Todos
Alquiler habitual y turístico
Obligatorio
Número en anuncios y plataformas

Qué es el NRUA

El Número de Registro Único de Arrendamientos (NRUA) es un identificador único que debe obtener todo arrendador de vivienda en España. Este registro fue establecido por la Ley 12/2023 de Vivienda, aprobada en mayo de 2023, y su aplicación efectiva está prevista para el 1 de julio de 2025.

El NRUA tiene como objetivo crear una base de datos centralizada de todas las viviendas en alquiler en España, tanto de alquiler habitual (larga duración) como turístico (corta duración). Esto permitirá a las administraciones públicas conocer el estado real del mercado del alquiler, detectar fraude fiscal y aplicar políticas de vivienda más efectivas.

Diferencia con registros autonómicos

Muchas comunidades autónomas ya tienen registros de alquiler turístico (como el RTA en Cataluña o el RTV en Andalucía). El NRUA no sustituye estos registros autonómicos, sino que coexiste con ellos.

Los arrendadores deberán obtener tanto el NRUA estatal como el registro autonómico correspondiente si su comunidad lo exige. El NRUA se gestionará de forma coordinada con las comunidades autónomas para evitar duplicidades.

A quién afecta el NRUA

La obligación de registrarse en el NRUA afecta a todos los arrendadores de vivienda en España, independientemente del tipo de alquiler:

Alquiler de larga duración (habitual)

Todos los contratos de alquiler de vivienda habitual (LAU) deben registrarse en el NRUA. Esto incluye alquileres de larga duración para uso residencial permanente del inquilino.

El número NRUA debe incluirse en el contrato de arrendamiento y conservarse durante toda la duración del contrato.

Alquiler turístico (corta duración)

Todas las viviendas destinadas al alquiler turístico o de corta duración deben tener NRUA. Esto incluye alquileres por días, semanas o meses a turistas y viajeros.

El número NRUA debe aparecer visiblemente en todos los anuncios publicados en plataformas como Airbnb, Booking.com, etc.

Plataformas y portales inmobiliarios

Las plataformas digitales que publican anuncios de alquiler (Idealista, Fotocasa, Airbnb, Booking, etc.) tienen la obligación de verificar que los anuncios incluyan el NRUA.

Las plataformas no podrán publicar anuncios que no incluyan el NRUA a partir del 1 de julio de 2025.

Intermediarios y agencias

Las agencias inmobiliarias y gestores de alquiler también deben verificar que las viviendas que gestionan tengan NRUA antes de publicar anuncios o formalizar contratos.

Los intermediarios pueden actuar como gestores del registro en nombre del propietario si cuentan con autorización.

Obligaciones del arrendador

Una vez en vigor el NRUA, los arrendadores tienen las siguientes obligaciones:

  1. 1.
    Obtener el número NRUA: Registrar la vivienda en el sistema centralizado del NRUA aportando datos del inmueble, tipo de alquiler y datos del arrendador. El procedimiento de registro se especificará en la regulación de desarrollo.
  2. 2.
    Incluir el NRUA en anuncios: Todo anuncio de alquiler (en portales inmobiliarios, plataformas turísticas, redes sociales, carteles, etc.) debe incluir el número NRUA de forma visible.
  3. 3.
    Incluir el NRUA en contratos: El número NRUA debe constar en el contrato de arrendamiento o en la documentación de reserva (en caso de alquiler turístico).
  4. 4.
    Actualizar información: Si cambia algún dato relevante (tipo de alquiler, características de la vivienda, etc.), el arrendador debe actualizar la información en el registro.
  5. 5.
    Dar de baja el NRUA: Cuando la vivienda deje de alquilarse, el arrendador debe comunicar la baja del NRUA para evitar sanciones por información incorrecta.

Sanciones por incumplimiento

La Ley de Vivienda establece un régimen sancionador para el incumplimiento de las obligaciones relacionadas con el NRUA. Las sanciones pueden ser:

Infracciones leves

No obtener el NRUA o no incluirlo en anuncios o contratos cuando sea obligatorio.

Hasta 3.000€
Multa máxima

Infracciones graves

Facilitar información falsa en el registro o no actualizar cambios relevantes en la vivienda.

3.000€ - 9.000€
Rango de multa

Infracciones muy graves

Alquilar de forma reiterada sin NRUA o facilitar información falsa de forma sistemática.

9.000€ - 90.000€
Rango de multa
⚠️

Importante

Las plataformas digitales que no verifiquen el NRUA también pueden ser sancionadas. Las sanciones para plataformas pueden alcanzar los 100.000€ por infracciones muy graves reiteradas.

Cómo registrarse en el NRUA

El procedimiento específico de registro en el NRUA se desarrollará mediante regulación adicional que aún está pendiente de publicación. Sin embargo, se espera que el registro incluya los siguientes pasos:

Pasos previstos para el registro

  1. 1.
    Acceso a la plataforma digital: Se habilitará un portal web o aplicación donde los arrendadores puedan registrar sus viviendas. Se espera que el acceso sea mediante certificado digital o Cl@ve.
  2. 2.
    Datos a aportar: Datos del propietario, referencia catastral de la vivienda, tipo de alquiler (habitual o turístico), características del inmueble, etc.
  3. 3.
    Validación y emisión del NRUA: Una vez validados los datos, se asignará un número NRUA único que podrá descargarse en formato digital (PDF, certificado, etc.).
  4. 4.
    Uso del NRUA: El arrendador deberá incluir el número NRUA en todos los anuncios y contratos a partir del 1 de julio de 2025.
📅

Fecha de habilitación del registro

Se espera que la plataforma de registro del NRUA esté operativa unos meses antes del 1 de julio de 2025 para dar tiempo a los arrendadores a registrarse. Consulta la web del Ministerio de Vivienda para conocer las novedades.

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