Patrimonio

Calcula el Impuesto sobre el Patrimonio (IP) y el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF).

Valor total de todos tus bienes y derechos

Exenta hasta 300.000€

Base liquidable

1.000.000 €

Cuota IP

0 €

Total

0 €

ConceptoImporte
Patrimonio total2.000.000 €
Deudas y cargas0 €
Exención vivienda habitual (máx. 300.000€)300.000 €
Patrimonio neto1.700.000 €
Mínimo exento (700.000 €)700.000 €
Base liquidable1.000.000 €
Cuota íntegra IP5490 €
Bonificación aplicada (100,0 %)5490 €
IP neto0 €
Total0 €

Tipo efectivo: 0,0 % sobre patrimonio neto. Estimación del ejercicio 2025: el ITSGF se calcula en todas las comunidades sobre su propia base, con mínimo exento de 700.000€, tramo al 0% hasta 3M€ y descuento del IP efectivamente satisfecho.

No se aplican el límite conjunto del 60% con el IRPF, la cuota mínima, activos exentos, impuestos extranjeros ni deducciones y bonificaciones personales. En Ceuta y Melilla se presupone que los activos cumplen el requisito territorial. Consulta los modelos 714 y 718 antes de presentar.

Fuente: Manual práctico de Patrimonio 2025 de la AEAT.

Impuesto de Patrimonio en Andalucía: resumen rápido 2025

Mínimo exento

700.000€

Valor orientativo según normativa autonómica de referencia.

Tipo máximo

3,5%

Tipo marginal superior aplicable a bases más altas.

Bonificación general

Variable (ITSGF)

Puede reducir la cuota final según comunidad y situación.

Mientras siga vigente el ITSGF, la bonificación general del 100% se sustituye por una bonificación variable vinculada a su cuota.