TUSIMPUESTOS.ORG

Impuesto sobre
el Patrimonio

El Impuesto sobre el Patrimonio grava el patrimonio neto de las personas físicas. Algunas comunidades lo bonifican al 100%, mientras que otras aplican tipos de hasta el 3,75%.

COMPARATIVA POR COMUNIDAD AUTÓNOMA

ComunidadBonificaciónMínimo ExentoTipo Máximo
AndalucíaVariable (ITSGF)700.000€3,5%
AragónSin general700.000€3,5%
AsturiasSin general700.000€3%
Islas BalearesSin general3.000.000€3,45%
CanariasSin general700.000€3,5%
Cantabria100% / variable700.000€3,03%
Castilla-La ManchaSin general700.000€3,5%
Castilla y LeónSin general700.000€3,5%
CataluñaSin general500.000€3,48%
Ceuta75% condicionado700.000€3,5%
Comunidad ValencianaSin general1.000.000€3,5%
Extremadura100%500.000€3,75%
Galicia50% ajustada700.000€3,5%
La RiojaVariable (ITSGF)700.000€3,5%
MadridVariable (ITSGF)700.000€3,5%
Melilla75% condicionado700.000€3,5%
MurciaVariable (ITSGF)700.000€3,5%
NavarraFORALRégimen foralRégimen foralRégimen foral
País VascoFORALRégimen foralRégimen foralRégimen foral

Ejercicio 2025, revisado contra el Manual de Patrimonio publicado por la AEAT el 17/03/2026. Las notas resumen beneficios generales, no todos los condicionados.

SOBRE EL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

El Impuesto sobre el Patrimonio grava el patrimonio neto de las personas físicas a 31 de diciembre. Es un impuesto cedido: cada comunidad puede establecer mínimos, tarifas y bonificaciones dentro de su capacidad normativa.

Mínimo exento general
700.000€

Salvo que la CCAA lo modifique.

Vivienda habitual
Hasta 300.000€

Exención parcial por contribuyente.

Obligación de declarar
2 supuestos

Cuota a ingresar o bienes/derechos por encima de 2.000.000€.

Devengo
31 diciembre

Declaración anual por vía telemática en campaña habilitada por AEAT.

Impuesto de Grandes Fortunas (ITSGF)

Actualmente convive con Patrimonio como impuesto estatal complementario. Tras el mínimo exento estatal de 700.000€, su escala tiene un primer tramo al 0% hasta 3.000.000€ de base liquidable; por ello la cuota positiva comienza, con carácter general y antes de otras exenciones, por encima de 3.700.000€ de patrimonio neto. Se autoliquida mediante el modelo 718 y descuenta la cuota de Patrimonio efectivamente satisfecha.

En la práctica, para patrimonios elevados conviene revisar de forma conjunta la normativa autonómica de Patrimonio y el posible impacto del ITSGF.

Modelos habituales

Modelo 714 (Impuesto sobre el Patrimonio) y modelo 718 (Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas).

Nota: Navarra y País Vasco aplican régimen foral propio en tributación patrimonial.

Páginas relacionadas

Calculadora PatrimonioCalcula IP y el impuesto de solidaridad con bonificaciones.Sucesiones y DonacionesCompara el impuesto de herencias por comunidad autónoma.Comunidades AutónomasIRPF, deducciones y tramos por cada comunidad.Mapa FiscalVisualiza las diferencias fiscales en el mapa de España.